Beneficios
Podrán ingresar bajo esta modalidad mercancías suspendidas de impuesto tales como:
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Los productos semi-elaborados, las mercancías destinadas a actividades administrativas (escritorios, computadoras, suministros de oficinas, por ejemplo), propias del área de operación o producción del beneficiario
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Las necesarias para la preparación de alimentos, el mobiliario necesario para servirlos, los equipos, enseres y mobiliarios para capacitación, seguridad así como para cuidados médicos o rehabilitación, destinados exclusivamente para los empleados directamente vinculados al proceso de operación, producción, administración y transporte de las empresas
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Las materias químicas o de otra naturaleza que sean determinables en cantidad y calidad necesarias para su utilización en el proceso, aunque se consuman o desaparezcan sin incorporarse al producto final, con excepción del combustible
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La maquinaria, equipo, piezas, partes, accesorios y repuestos que intervengan directamente en el proceso productivo, materias asociadas, maquinaria mecánica, eléctrica, de medida, de control de verificación o de investigación, por ejemplo, utilizadas en la operación de la empresa
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Los moldes, dados, matrices, utensilios y otros dispositivos que sirvan de complemento otros aparatos
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El plazo de permanencia de las mercancías anteriormente anotadas, es de seis meses, excepto las contempladas en los incisos h) e i). Dicho plazo podrá ser prorrogado por PROCOMER, por una única vez y hasta por un período igual, previa solicitud del interesado
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