El organismo responsable del control de todos los productos y servicios sujetos a vigilancia sanitaria en el país, ha adoptado una nueva norma (RDC nº 26, de 2 de julio de 2015), aprobada el pasado 24 de junio, que regula los requisitos obligatorios para el etiquetado de los principales productos que puedan causar alergias alimentarias. 

La resolución, de la cual se puede obtener más información en el documento recogido en la Oficina Económica y Comercial de España en Brasilia, se aplica a alimentos, incluyendo bebidas, ingredientes, aditivos alimentarios y coadyuvantes de tecnología, incluso aquellos destinados exclusivamente en el procesamiento industrial y los destinados a servicios de alimentación.